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jueves, 18 de julio de 2013

Las tres brechas digitales: generacional, social y cultural



LAS TRES BRECHAS DIGITALES: GENERACIONAL, SOCIAL Y CULTURAL


Por José López Ponce 

En general para designar las desigualdades en el acceso a las nuevas tecnologías e Internet en particular se utiliza el término “brecha digital”. Sin embargo, cada vez más, se va profundizando en los aspectos sociales más allá de las cuestiones técnicas relativas a la cobertura de la Red y la brecha digital adquiere varias dimensiones.


Podemos hablar de la brecha generacional que deja al margen de las nuevas tecnologías a muchas personas mayores; de la brecha social porque en la Red se mantienen las desigualdades sociales excluyendo a los más pobre; y de la brecha cultural, porque como en el caso de la brecha social las personas con menos formación se ven privado de las oportunidades que les podrí aportar las herramientas informáticas.


Un diagnóstico que está recogido en el informe gubernamental “La fossé numérique en France” elaborado por Centro de Análisis Estratégico (CAS) y publicado el pasado 18 de abril a petición del Parlamento francés, donde el diagnóstico y las recomendaciones para el país vecino se podrían extrapolar, en su inmensa mayoría, a nuestro país.

La brecha generacional 


En la brecha generacional, la falta de necesidad y el miedo a la novedad, el coste de adquisición de equipos, la falta de formación o el miedo de no poder dominar la herramienta. (…) son frenos para muchas personas mayores en una situación de aislamiento, a pesar de que las herramientas digitales podrían facilitarles el mantenimiento de un vínculo social. Las nuevas tecnologías, bien adaptadas, pueden ayudar a superar algunas de las discapacidades sociales, físicas, psicológicas o cognitivas asociadas con el envejecimiento o retrasar su aparición.
En el informe se clarifican algunas cuestiones sobre los nativos digitales, niños y adolescentes que están inmersos desde su más temprana edad en la cultura digital. Si, en términos de acceso a Internet, su participación es alta, y por tanto, la brecha generacional se desvanecerá poco a poco con el tiempo.

Las brechas sociales y culturales 


En cambio,  las brechas sociales y culturales que divide cada vez más a los jóvenes, puede persistir a lo largo de sus vidas.  Reabsorber estas brechas, según el informe, es una tarea compleja porque involucra tanto los procesos de aprendizaje, la lucha contra el fracaso escolar y las desigualdades sociales.


Por último, para abordar estas brechas digitales, incluidos los relacionados con las desigualdades económicas, se recomienda una mayor diversificación de la oferta con el objetivo de reducir los costes en el acceso a Internet mediante el desarrollo de una fuerte competencia entre los operadores, así como la creación de una tarifa social para los pobres, y un mayor despliegue de espacios públicos con acceso gratuito a la Red.
Por último, para abordar estas brechas digitales, incluidos los relacionados con las desigualdades económicas, se recomienda una mayor diversificación de la oferta con el objetivo de reducir los costes en el acceso a Internet mediante el desarrollo de una fuerte competencia entre los operadores, así como la creación de una tarifa social para los pobres, y un mayor despliegue de espacios públicos con acceso gratuito a la Red.





martes, 25 de junio de 2013

¿Sostenibilidad o Sustentabilidad?


¿Sostenibilidad o Sustentabilidad? 
La importancia de clarificar los conceptos



¿Tiene sentido distinguir, como algunos han pretendido, entre sustentabilidad y sostenibilidad? En nuestra opinión no ha lugar a dudas: se trata de dos expresiones que se utilizan y pueden seguir siendo utilizadas como sinónimos. Baste señalar que el mismo texto inglés “sustainable development” es traducido en España y algunos otros países castellano parlantes como “desarrollo sostenible”, mientras que en México y otros muchos países latinoamericanos se traduce como “desarrollo sustentable”. Podemos recordar también que en italiano, por ejemplo, se ha traducido como “sviluppo sostenibile” o que en lengua portuguesa se utiliza “desenvolvimento sustentável”. Se puede rastrear el origen de ambas expresiones y discutir cuál nos parece más adecuada, pero lo esencial es reconocer que se utilizan con el mismo significado.

Esto no debiera preocuparnos ni extrañarnos: los “reportes de sustentabilidad” de las empresas mexicanas, por ejemplo, significan lo mismo que las “memorias de sostenibilidad” de las empresas españolas. Es algo que ocurre con muchas otras palabras: caminar por la vereda de una calle de Buenos Aires o por la acera de una calle de Sevilla no nos lleva a elucubrar acerca del distinto significado de “vereda” y “acera” en este contexto urbano. Y es algo que ocurre en cualquier lengua: ¿acaso los angloparlantes no hablan indistintamente de liberty y de freedom?

Hemos de ser muy cuidadosos en el manejo de los conceptos y no contentarnos con semejanzas (o diferencias) puramente formales de expresiones utilizadas sin profundizar, como simples eslóganes. No basta, por ejemplo, decir “desarrollo sustentable” (o “sostenible”) para saber qué estamos proponiendo o criticando. Ni siquiera basta con dar la conocida definición de la Comisión Mundial del Medio Ambiente y del Desarrollo (CMMAD): “es el desarrollo que satisface las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades". Esto sigue siendo ambiguo y permite que algunos confundan “desarrollo” con “crecimiento” y utilicen la expresión “desarrollo sostenible” (o sustentable) en apoyo de sus políticas de “crecimiento sostenido”, algo absolutamente insostenible en un planeta finito. Y la misma confusión conduce a otros a rechazar la expresión como “una nueva mistificación del Norte para poder continuar sus prácticas de crecimiento depredador e insolidario”.

Es preciso dejar claro que el nuevo concepto parte de la posibilidad de que haya desarrollo, mejora cualitativa o despliegue de potencialidades, sin crecimiento, es decir, sin extracción de materiales a un ritmo superior al de su regeneración (cuando son renovables) ni producción de residuos a un ritmo superior al de su posible digestión por los ecosistemas. Dicho con otras palabras, si bien el crecimiento no puede continuar indefinidamente en un mundo finito, sí es posible el desarrollo. Posible y necesario, porque las actuales formas de vida no pueden continuar, deben experimentar cambios cualitativos profundos, tanto para aquellos (la mayoría) que viven en la precariedad como para el 20% que vive más o menos confortablemente. Y esos cambios cualitativos suponen un desarrollo, no un crecimiento global, aunque sí crecimientos locales, acompañados de decrecimientos en otros lugares, para hacer frente a desequilibrios inaceptables e insostenibles.

Precisamente, otra de las críticas que suele hacerse a la definición de la CMMAD es que, si bien se preocupa por las generaciones futuras, no dice nada acerca de las tremendas diferencias que se dan en la actualidad entre quienes viven en un mundo de opulencia y quienes lo hacen en la mayor de las miserias. Sin embargo, en la misma página en que se da dicha definición podemos leer: “Aun el restringido concepto de sostenibilidad física implica la preocupación por la igualdad social entre las generaciones, preocupación que debe lógicamente extenderse a la igualdad dentro de cada generación”. E inmediatamente se agrega: “El desarrollo sostenible requiere la satisfacción de las necesidades básicas de todos y extiende a todos la oportunidad de satisfacer sus aspiraciones a una vida mejor”.

Nada justifica, pues, que se califique el concepto de desarrollo sostenible (o sustentable) como una nueva mistificación del Norte para continuar de manera suicida sus prácticas de crecimiento insostenible e insolidario (aunque en la mente de algunos empresarios y políticos anide esta significación). Muy al contrario, el concepto de sustentabilidad (o sostenibilidad) es un concepto absolutamente nuevo, que supone haber comprendido que el mundo no es tan ancho e ilimitado como habíamos creído y que exige tomar en consideración la totalidad de problemas interconectados a los que la humanidad ha de hacer frente.

Hoy sabemos que es necesario, urgente y posible, hacer frente a la actual situación de emergencia planetaria, favoreciendo la transición a la sostenibilidad (o, si se prefiere, sustentabilidad). Evitemos, pues, las lecturas superficiales y no nos dejemos arrebatar -por quienes tan solo buscan su beneficio particular a corto plazo- los conceptos necesarios para orientar acciones fundamentadas.


FUENTE: Educadores por la sostenibilidad. Boletín Nº 83, 24 de octubre de 2012
http://www.oei.es/decada/boletin083.php

jueves, 2 de mayo de 2013

NUEVO ESTATUTO SOBRE CIUDADANÍA JUVENIL




NUEVO ESTATUTO SOBRE CIUDADANÍA JUVENIL

El pasado 29 de abril, el Gobierno Nacional sancionó la Ley 1622 de 2013, "POR MEDIO DE LA CUAL SE EXPIDE EL ESTATUTO DE CIUDADANÍA JUVENIL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES".

FOTOS DE ARCHIVO: Jóvenes Constructores de Paz de Cundinamarca (primera generación).  Luis Carlos Ramírez Hernández, Juan Miguel Méndez Molano y Adolfo Morales Ardila.

Según el artículo primero de la misma Ley, esta tiene por objeto ”establecer el marco institucional para garantizar a todos los y las jóvenes el ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil en los ámbitos, civil o personal, social y público, el goce efectivo de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno y lo ratificado en los Tratados Internacionales, y la adopción de las políticas públicas necesarias para su realización, protección y sostenibilidad; y para el fortalecimiento de sus capacidades y condiciones de igualdad de acceso que faciliten su participación e incidencia en la vida social, económica, cultural y democrática del país”.

Esta norma sustituye la Ley 375 de 1997 y propone avances significativos en un enfoque integral, diferenciado y participativo de atención e inclusión de la población juvenil, convirtiéndose de este modo en un verdadero Estatuto sobre la materia; prevé la creación y funcionamiento de una serie de instancias e instrumentos para su materialización y su eficacia sustancial dentro de la sociedad Colombiana.  Dentro de estos instrumentos e instancias que deben funcionar como un sistema, se destacan el Consejo Nacional de Políticas de Juventud, los Consejos Nacional y Territoriales de Juventud y las Políticas de Juventud por cada nivel de Gobierno.

La Ley también establece, asigna y distribuye las competencias sobre la materia en los tres niveles básicos de Gobierno, a saber: Nacional, -Departamental, -Municipal y Distrital.  

De momento, la pelota está en el campo y los pies del Gobierno Nacional, que dentro del plazo de un año, según la misma norma, debe generar un plan de acción que conduzca a la operación y garantías establecidas en esta ley, así como a la implementación de las instancias, mecanismos y procesos establecidos en el Sistema Nacional de las juventudes.

Se espera que esta norma pase prontamente de la mera enunciación a la concreción de sus postulados y a su eficacia sustancial, en todos los segmentos sociales y en todas las porciones del territorio nacional, en pro de los jóvenes en particular y de la sociedad colombiana en general.
  
Consulte la norma enTEXTO DE LA LEY 1622 de 2013. 


PARA CONSULTAS Y ASESORÍAS:

JAVIER LEONARDO GUTIÉRREZ NAVARRO – GERENCIA & GOBIERNO
Administrador Publico – Escuela Superior de Administración Pública
Especialista en Administración y Planificación del Desarrollo Regional – Universidad de los Andes.
Especialista en Dirección de Servicios y Empresas Municipales – Universidad Internacional Menéndez Pelayo de Granada España.  
                                  
E-Mail: gerenciagobierno@gmail.com
Tel: 3112084010 / 3187385330 / 3002229506

miércoles, 19 de septiembre de 2012

NUEVO DECRETO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS REGALIAS



NUEVO DECRETO SOBRE EL SISTEMA PRESUPUESTAL DE REGALÍAS

Hoy 19 de septiembre de 2012, el Gobierno Nacional promulgó el Decreto 1949 de 2012, mediante el cual se reglamenta la Ley 1530 de 2012 sobre el Sistema General de Regalías, y Deroga el Decreto Nacional 1077 de 2012.

El Decreto mencionado reglamenta lo relacionado con los Bancos de Programas y Proyectos de Inversión del Sistema General de Regalías. Y el ciclo y etapas que deben seguir los proyectos a financiarse con recursos de regalías.

También, establece pautas para la programación, incorporación, ejecución y seguimiento de los presupuestos de regalías, que en sus diferentes clasificaciones, reciban las entidades u organismos beneficiarios.

Se espera que con esta nueva norma, se aclare el camino institucional y se ultime el procedimiento para estos recursos puedan ser ejecutados por la Entidades Territoriales en pos del desarrollo y bienestar que tanto demandan las comunidades del País.

Recordemos que el presupuesto total de regalías para el año 2012 supera los 8 Billones de pesos.

Consulte la norma enTEXTO DECRETO NACIONAL 1949 DE 2012


PARA CONSULTAS Y ASESORÍAS:

JAVIER LEONARDO GUTIÉRREZ NAVARRO – GERENCIA & GOBIERNO
Administrador Publico – Escuela Superior de Administración Pública
Especialista en Administración y Planificación del Desarrollo Regional – Universidad de los Andes.
Especialista en Dirección de Servicios y Empresas Municipales – Universidad Internacional Menéndez Pelayo de Granada España.  
                                  
E-Mail: gerenciagobierno@gmail.com
Tel: 3112084010 / 3187385330 / 3002229506