domingo, 23 de noviembre de 2014

NUEVO DECRETO SOBRE PRIMA DE SERVICIOS PARA EMPLEADOS DE ENTIDADES TERRITORIALES




    NUEVO DECRETO SOBRE PRIMA DE SERVICIOS PARA EMPLEADOS DE ENTIDADES TERRITORIALES


    • "Este decreto representa un avance en el empleo público en el país. En el año 2011 se inició la asimilación del régimen entre el orden nacional y el orden territorial, hoy seguimos avanzando en la extensión de los beneficios", señaló Liliana Caballero Durán, directora de la Función Pública
    • Esta prima se reconocerá y pagará al servidor público, quien debe llevar mínimo 6 meses laborando en una misma entidad. Será equivalente a 15 días de salario, de la asignación básica que esté señalada por la ley para el cargo que ocupe.
    • El Decreto 2351 de 2014 señala que todos los empleados públicos vinculados o que se vinculen a las entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Territorial tienen derecho a recibir la prima de servicios.



    El Gobierno Nacional, a través del Departamento Administrativo de la Función Pública y el Ministerio de Hacienda, expidió el Decreto 2351 de 2014, de acuerdo con el cual  los servidores públicos de la Rama Ejecutiva del Orden Territorial, percibirán la prima de servicios a partir de julio del próximo año.

    La medida beneficia a más de 150.000 servidores públicos del nivel territorial, que estaban en desigualdad de condiciones frente a los servidores de las entidades nacionales.

    La prima se reconocerá y pagará al servidor público quien debe llevar mínimo 6 meses laborando en una misma entidad. Será equivalente a 15 días de salario, de la asignación básica que esté señalada por la ley para el cargo que ocupe. 

    "Este decreto representa un avance en el empleo público en el país. En el año 2011 se inició la asimilación del régimen entre el orden nacional y el orden territorial, hoy seguimos avanzando en la extensión de los beneficios. Por ello expedimos este Decreto 2351, desde el punto de vista técnico por la Función Pública, desde el punto de vista presupuestal por el Ministerio de Hacienda, que extiende a todo el país la prima de servicios que se había concedido ya en algunos territorios como Nariño, Santander y a la ciudad de Medellín", explica la directora de la Función Pública, Liliana Caballero Durán.

    Desde el año 2002 distintas entidades territoriales venían autorizando esta prima de manera extralegal. Tan sólo en lo corrido del año 2014 la Dirección Jurídica del Departamento Administrativo de la Función Pública, recibió alrededor de 1840 solicitudes de consulta sobre la prima de servicios.

    El Decreto 2351 de 2014 que fue firmado por el ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas Santamaría y la directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Liliana Caballero Durán,   señala que todos los empleados públicos vinculados o que se vinculen a las entidades del sector central y descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Territorial, a las Asambleas Departamentales, a los Concejos Distritales y Municipales, a las Contralorías Territoriales, a las Personerías Distritales y Municipales, tienen derecho a recibir la Prima de Servicios, en los mismos términos y condiciones señaladas para los servidores públicos de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, en el Decreto Ley 1042 de 1978.

    La prima de servicios que se crea en el decreto 2351 de 2014 reemplaza cualquier otra bonificación, prima o elemento salarial que perciban los empleados de la Rama Ejecutiva del nivel territorial por el mismo concepto o que remuneren lo mismo, independientemente de su denominación, origen o su fuente de financiación. Esta prima se pagará en los primeros diez días de julio. Por otra parte el personal docente se regirá en materia de prima de servicios, por lo consagrado en el Decreto 1545 de 2013.



    El Departamento Administrativo de la Función Pública es la entidad estratégica, técnica y transversal del Gobierno Nacional que contribuye al bienestar de los colombianos  mediante el mejoramiento continuo de la gestión de los servidores públicos y las instituciones en todo el territorio nacional. Entre sus funciones está la de ser el órgano competente para conceptuar en materia salarial.







    PARA CONSULTAS Y ASESORÍAS:

    JAVIER LEONARDO GUTIÉRREZ NAVARRO – GERENCIA & GOBIERNO
    Administrador Publico – Escuela Superior de Administración Pública
    Especialista en Administración y Planificación del Desarrollo Regional – Universidad de los Andes.
    Especialista en Dirección de Servicios y Empresas Municipales – Universidad Internacional Menéndez Pelayo de Granada España.  
                                      
    E-Mail: gerenciagobierno@gmail.com
    Tel: 3112084010 / 3187385330 / 3002229506




    sábado, 8 de noviembre de 2014

    Ciudades colombianas ahora con categoría







    Ciudades colombianas ahora con categoría


    Bogotá, Pereira, Manizales y Tunja están entre las ciudades ‘mayores’, mientras Riohacha y Quibdó son categorizadas como ciudades ‘embrionarias’.


    Nueva clasificación permite focalizar las inversiones en cada ciudad teniendo en cuenta la edad de sus habitantes y aplicar políticas públicas que respondan a la demanda de servicios de educación, salud y protección social.

    El Departamento Nacional de Planeación (DNP) definió seis categorías de ciudades colombianas teniendo en cuenta la edad promedio de sus habitantes y la demanda diferenciada de servicios de educación, salud, protección social y cuidado de personas dependientes. La nueva clasificación surgió de un estudio y análisis concentrado en las 23 principales ciudades de Colombia y sus respectivas áreas metropolitanas en los casos en los que existe conurbación y que buscaba establecer dónde está el crecimiento económico del país. El trabajo de categorización fue realizado por la Misión de Ciudades del DNP con el fin de entender las problemáticas de los territorios y en esa dirección aplicar políticas públicas diferenciales que permitan atender las necesidades y requerimientos de sus habitantes. 

    El análisis de las ciudades lo hicieron los expertos con base en siete dimensiones: estructura demográfica, situación del mercado laboral, educación, salud, pobreza monetaria, pobreza multidimensional y desempeño institucional. 

    El director del DNP, Simón Gaviria, dijo que la nueva categorización de ciudades es muy útil para planificar las inversiones públicas en servicios y ejecutar políticas de generación de empleo y protección social de los habitantes de acuerdo a sus edades. Agregó que esta categorización permite entender que Colombia no es homogénea, que es un país de regiones y que cada territorio requiere una estrategia diferente en materia de inversión social para mejorar sus condiciones de vida.





    El DNP utilizó el método de clústeres jerárquicos para agrupar las ciudades según el grado de similitud en cada una de las 7 dimensiones analizadas. Como resultado de este ejercicio se conformaron los siguientes grupos de ciudades de acuerdo con la edad promedio de sus pobladores:

    1. Las ciudades ‘mayores’ (Bogotá, Medellín, Manizales, Pereira, Bucaramanga, Tunja)presentan el bono demográfico más avanzado, con mayor dependencia demográfica de mayores de 65 años y mayor velocidad de envejecimiento. Requieren: desarrollos en calidad de la educación, desarrollos en el mercado de trabajo, programas de cuidado, particularmente con adultos mayores, y atracción de jóvenes para prolongar el bono.

    2. Las ‘ciudades “maduras’ (Cali y Armenia) presentan un bono demográfico relativamente avanzado, con tendencia fuerte al ‘envejecimiento’; sus niveles de desarrollo social son relativamente altos. Requieren: consolidar los servicios sociales, mejoramiento de la calidad de la educación, algunos rezagos críticos de cobertura en educación media y superior. Fortalecimiento institucional de atención, desarrollar programas de cuidado para adultos mayores.

    3. Las ciudades ‘adultas’ (del sur) (Ibagué, Neiva, Popayán y Pasto) están en pleno bono demográfico, con necesidad de crecimiento y ahorro. Sus niveles de desarrollo social son relativamente altos, con fortalezas en salud, educación y coberturas de servicios públicos. Son ciudades bastante conectadas con la economía rural. Requieren: consolidar los logros sociales (educación), desarrollo del mercado de trabajo, con mayor calidad (formalidad, productividad), lograr mejores resultados en pobreza e iniciar programas para el adulto mayor. 

    4. Las ciudades ‘grandes y jóvenes’ (Cartagena, Cúcuta AM, Barranquilla AM y Villavicencio)presentan altas tasas de dependencia demográfica, especialmente de menores (el bono apenas comienza). Son dinámicas, con importantes deficiencias sociales, al igual que en calidad educativa, alta informalidad laboral, y niveles de pobreza entre intermedios y altos. Requieren: superar los déficits sociales, fortalecimiento institucional, en particular programas que buscan superar la pobreza. Reducción del déficit en vivienda y servicios públicos (excepto Barranquilla). Definir rutas productivas y de empleo.

    5. Las ciudades ‘adolescentes’ (Sincelejo, Florencia, Montería, Valledupar y Santa Marta) han iniciado el periodo de bono demográfico. Todavía presentan altas tasas de dependencia de menores. Con logros en algunas metas mínimas, presentan intensos problemas de pobreza ciudadana y económica, y déficit de vivienda y servicios públicos, así como problemas de mercado de trabajo. Requieren: acelerar cumplimiento de logros mínimos en servicios y capacidades sociales. Universalidad. Es posible anticiparse al aprovechamiento de bono (atención al menor, educación y mejoramiento del empleo).

    6. En las ciudades ‘embrionarias’ (Riohacha y Quibdó) no ha iniciado el bono demográfico. Tienen altas tasas de dependencia de menores. Su desempeño en derechos y condiciones sociales es muy precario y no alcanzan las metas mínimas. Requieren: alcanzar metas mínimas de universalidad del desarrollo social (salud, educación, vivienda, servicios públicos), hasta llegar a promedios urbanos de hoy. Inversión importante en primera infancia, educación y servicios públicos.



    FUENTE: http://www.dinero.com/pais/articulo/ciudades-colombianas-acuerdo-edad-habitantes/202871